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Solo versión en Castellano)
En 1984, siendo rector de la Universidad
de Valencia Ramón Lapiedra, fue muy notoria la política
de catalanización de la misma. Tan fuerte que activó
los sentimientos y razones de los que sentían y pensaban
en valenciano.
Un importante número de estudiantes se organizó
en torno al sindicato estudiantil Alternativa Universitaria (AU),
a cuyo frente se encontraba el joven estudiante, alumno de la
Facultad de Derecho, Juan García Sentandreu, que planteó
guerra de guerrillas en todos los ámbitos a Lapiedra, llevándole
por la calle de la amargura. Esgrimió Sentandreu la Real
Senyera y la lengua valenciana y no cesó en toda su época
universitaria de reivindicar política, social, cultural
y jurídicamente estos dos símbolos tan entrañables
para el pueblo valenciano.
Fue un revulsivo dentro del mundo universitario, por lo general
inapetente y apático, desinteresado hasta en las elecciones
a rector, que, como es sabido, apenas cuenta con el concurso del
3 por ciento del censo electoral, tal es la fe de los alumnos
en la institución universitaria y quienes la manipulan.
AU estuvo implantada principalmente en la Facultad de Derecho,
y sus primeros socios fundadores hoy son prestigiosos notarios,
abogados, registradores de la propiedad, profesores, doctores
en Derecho, altos funcionarios, etc. Ellos no dieron solamente
la batalla en las aulas, también lo hicieron en los tribunales,
donde mantuvieron en jaque a toda la universidad y al propio rector
con sus constantes actuaciones en defensa de la historia, tradición
y realidad valencianas.
La guerra total de AU contra la junta de gobierno de la universidad
estallaría el 20 de junio de 1986, cuando aprobó
que los profesores universitarios decidirían y elegirían
en qué lengua, la catalana o la castellana, querían
dar las clases al alumnado.
El acuerdo adoptado por la junta
en su literalidad, traducido del catalán al castellano,
decía: En nuestras facultades y escuelas, y a
excepción del primer curso, cada asignatura será
impartida en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad
Valenciana, según la libre decisión del profesor
de la asignatura. La Universidad de Valencia facilitará
a los alumnos de este grupo que así lo deseen las clases
en catalán necesarias para que, en un futuro inmediato,
adquieran la capacidad adecuada para seguir con facilidad las
clases impartidas en catalán.
De la mera lectura del acuerdo se observa que éste era
una imposición a las bravas del catalán
a los alumnos, decisión reservada en exclusiva a los profesores,
sin tener en cuenta los derechos de los alumnos.
Alternativa Universitaria presentó dos recursos contencioso-administrativos
contra el acuerdo de la junta de gobierno de la Universidad de
Valencia, en los que, por una parte, se alegaba que, al otorgarse
la facultad de decisión de dar clases en catalán
o castellano exclusivamente a los profesores, se quebraba el derecho
a la educación que tienen todos los españoles, reconocido
en la Constitución Española de 1798, pues dicha
imposición obligaría a estudiar en una lengua extraña,
no querida por los alumnos, las materias universitaria.
El segundo recurso era por la denominación de la lengua
plasmada por la junta de gobierno de la universidad en dicho acuerdo
y, especialmente, en el artículo séptimo de los
nuevos Estatutos de la Universidad, donde se establecía
que la lengua propia de la Comunidad Valenciana era la lengua
catalana, cuando en el Estatuto de Autonomía entonces vigente,
aprobado apenas dos años antes, se habla claramente de
idioma valenciano y no de catalán.
El 11 de noviembre de 1986, la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Territorial de Valencia dictó sentencia
a favor de Alternativa Universitaria y contra la junta de gobierno
de la Universidad de Valencia en uno de los dos recursos presentados,
declarando nulos los acuerdos tomados por la autoridad universitaria
por ser anticonstitucionales.
El fallo de la Audiencia, en su
textualidad, decía: Fallamos que, estimando el
recurso contencioso-administrativo deducido por D. Juan García
Sentandreu, en calidad de legal representante de la asociación
cultural Alternativa Universitaria, contra el acuerdo de la junta
de gobierno de la Universidad de Valencia, con fecha de 20 de
junio de 1986, debemos declarar y declaramos que el acto recurrido
vulnera los artículos 14 y 27 de la Constitución,
en cuanto que no se garantizan los derechos fundamentales a la
no discriminación y a la educación, por lo que debemos
decretar y decretamos la nulidad de las disposiciones.
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